domingo, 15 de mayo de 2016

INFORMACIÓN SOBRE CARTILLA LABORAL (TODO LO QUE DEBE SABER COMO EMPLEADOR)

UN CONTRATO DE TRABAJO ES AQUEL CUANDO LA PERSONA NATURAL ES OBLIGADA A PRESTAR UN SERVICIO PERSONAL A OTRA PERSONA YA SEA NATURAL O JURÍDICA.

PARA QUE UN BUEN CONTRATO DE TRABAJO SE REQUIERE ESTOS TRES ELEMENTOS:

1. LA ACTIVIDAD PERSONAL DEL TRABAJADOR, ESTE LA REALIZA POR SI MISMO.

2. EXIGIRLE CUMPLIMIENTO DE ORDENES, EN CUALQUIER MOMENTO

3. SALARIO COMO RETRIBUCIÓN AL SERVICIO.


                                                       PAGOS LABORALES

- SALARIO MÍNIMO : Al que todo trabajador tiene derecho para cubrir sus necesidades tanto personales como familiares. El salario mínimo rige para los trabajadores que laboran la jornada legal y los que no no trabajan la jornada legal. Es decir laboran jornadas inferiores, tendrán un salario mínimo al numero de horas trabajadas.

- JORNADA DIURNA Y NOCTURNA: Laborado diurno - ordinario entre 6am y trabajo nocturno desde las 10pm, si el trabajador labora nocturno el recargo sera del 35% sobre el valor del trabajo diurno.

- JORNADA ORDINARIA: 8 horas diarias y a la semana, que se reparen en los dias de semana serian 10 horas por día.

- HORAS EXTRAS: No se puede exceder de dos horas diarias y doce a la semana.
 
  El trabajo extra nocturno se remunera con recargo del 75% sobre el valor del trabajo diurno.

  El trabajo extra diurno se remunera con recargo del 25% sobre valor del trabajo diurno.


-DESCANSO DOMINICAL REMUNERADO: Si los trabajadores laboran un domingo se les remunera un recargo del 75% sobre el salario ordinario mas un día de descanso en la semana.

- DÍAS FESTIVOS: Si el trabajador labora ademas de los domingos. tiene derecho al descanso remunerado como los días festivos este tiene n recargo del 75% si labora el festivo.


                                  ¿ QUE SON LAS PRESTACIONES SOCIALES ?


Son beneficios legales que el empleador debe pagar a los trabajadores.

- PRIMA DE SERVICIOS: equivalente a 15 días de salario por el tiempo laborado durante el semestre. la prima se paga en dos meses junio 30 y 20 de diciembre.

- AUX. DE CESANTIAS: tiene como fin brindarle al trabajador un medio de subsistencia cuando se le termina el contrato de trabajo.

Las cesantias el empleador liquida el 31 de diciembre de cada año y deposita mas tardar el 15 de febrero estas cuentas son manejadas por fondos de cesantias.

- INT. A LAS CESANTIAS: en enero de cada año, el empleador debe pagar al trabajador interes lo que equivale 12% anual.

- APORTES PARAFISCALES: toda empresa tiene como deber inscribirse a una caja de compensación familiar. Esta inscripción le otorga al trabajador en derecho de obtener subsidios (efectivo) para sus hijos ( menores de edad), servicios de capacitación, vivienda y recreación, el empleador como deber tiene que pagar dentro de los diez primeros días ( cada mes ) una suma lo cual equivale al 4% de la nomina.

- AUX. TRANSPORTE: tiene y / o tenemos derecho al pago del aux. de transporte el cual lo fija ( propone y/o decide ) el gobierno nacional.

- SEGURIDAD SOCIAL: brinda a los trabajadores y a sus familiares: proteccion integral en invalidez, vejez y muerte. Este sistema va conformado por : pensiones, salud y riesgos laborales.





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